Plazo de presentación:

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 30 de junio de 2023.

Objeto.

La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas al fomento del empleo, mejora de la competitividad y consolidación de las coope­rativas y sociedades laborales que ejerzan su actividad de forma habitual en la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de los siguientes programas de ayudas:

a) Programa I: Constitución de nuevas cooperativas o sociedades laborales e Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

b) Programa II: Inversiones en inmovilizado material o inmaterial que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales, destinadas a la realización de aquellas inversiones.


Las Bases reguladoras a cuyo amparo se convocan estas subvenciones han sido aprobadas mediante Orden EPS/4/2021, de 24 de marzo. (BOC núm. 63, de 5 de abril de 2021).



Beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en la presente orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria,

a) Las cooperativas y sociedades laborales, por su constitución y para la actuación de incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo.

b) Las cooperativas con socios trabajadores o de traba­jo y las sociedades laborales, para las actuaciones de rea­lización de inversiones.

Las empresas solicitantes para ser beneficiarias deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y tener los Estatutos adaptados a la normativa vigente a la fecha de publicación del Extracto de esta orden de convocatoria.

b) Estar inscritas en el registro público correspondiente, cuando proceda.

c) Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

d) Cumplir con la normativa relativa a prevención de riesgos laborales, así como con la que en materia medioambiental o de igualdad de oportunidades y no discriminación les resulte de aplicación.

e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de cualquier otro ingreso de derecho público y que no son deudoras por resolución de procedencia de reintegro.

Solicitud:

Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán telemáticamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en los términos establecidos por el Decreto 60/2018, de 12 de julio, por el que se regula el régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el uso de medios electrónicos en su actividad administrativa y sus relaciones con los ciudadanos, en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/.

El certificado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a la persona que ostente la representación legal de la empresa solicitante.

Se presentarán en modelo normalizado, según Anexo que se facilitará en el momento de la convocatoria y que estará disponible en la página Web de la Dirección General de Trabajo (https://dgte.cantabria.es/).

Acceso a sede electrónica.

Documentos relacionados:

    Publicaciones.

    Fecha de última publicación: 4 de abril de 2023.

    Más información y documentación sobre la subvención.

    Subvenciones de años anteriores: