El pleno del Parlamento cántabro ha aprobado este lunes la primera Ley de Cooperativas de la comunidad autónoma, una norma que pretende flexibilizar los requisitos para crear estas sociedades y aspira a ser un «germen de oportunidades» de empleo, de trabajo estable y de futuro.

El texto ha salido adelante con los votos favorables del PP y el apoyo parcial de PRC y PSOE, que sólo han respaldado algunos artículos y han votado en contra de algunas partes en las que proponían enmiendas que han sido rechazadas.

El consejero de Obras Públicas, Francisco Rodríguez, -que sustituye a la titular de Economía, Cristina Mazas, por su baja maternal-, ha explicado que la ley responde a la necesidad de un proyecto «moderno, del siglo XXI» para regular este sector, que se rige hasta ahora por una ley estatal de 1999.

Esta nueva ley supone «flexibilizar» los requisitos de la normativa básica del Estado para favorecer este modelo de negocio que, según dice, ha aportado empleo y crecimiento en épocas de bonanza y ha demostrado su capacidad de mantenimiento en momentos de crisis.

Rodríguez ha señalado la oportunidad que representan las cooperativas en un momento en el que hay ventajas fiscales y ayudas específicas para entidades de la economía social, además de destacar el margen que tiene la comunidad en este ámbito, porque sólo el 0,26 % de las sociedades constituidas en la región siguen el modelo de cooperativa, frente a un peso del 0,68 % en España.

Aunque han dejado patentes diferencias respecto al contenido del texto, todos los grupos coinciden en las ventajas que representan las cooperativas.

La Ley de Cooperativas de Cantabria fija en tres el número mínimo de socios para crear una de estas entidades y lo rebaja a dos para cooperativas de trabajo. El porcentaje de socios que pueden estar contratados como trabajadores por cuenta ajena podrá alcanzar el 60 %, el doble de lo permitido por la ley básica estatal.

El capital social inicial deberá ser de al menos 3.000 euros, pero se podrán desembolsar en cuatro años, aportando al menos una cuarta parte (750 euros) al constituirse.

La ley también flexibiliza algunas exigencias relativas a las auditorías o el fondo de reserva obligatorio que se debe dotar para hacer frente a posibles pérdidas.

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