• Fecha apertura: 27/05/2023
  • Fecha cierre: abierta permanentemente.

Decreto 35/2023, de 18 de mayo, por el que se regulan las subvenciones destinadas a la promoción del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Incentivos al alta de personas emprendedoras en desempleo en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, o cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad social o en mutualidad de colegio profesional, a través de:

  • Una subvención base, cuyo importe estará en función del sexo, edad, condición de persona con discapacidad, víctima de violencia de género y desempleo de larga duración.
  • Una subvención adicional, a la que tendrán acceso las personas:
    • Que vayan a desarrollar actividades pertenecientes a grupos de la CNAE-2009 relacionados en los anexos II y III, pertenecientes a sectores prioritarios con potencial de promover una transformación verde, digital, inclusiva y social de la economía.
    • Tenga formación profesional oficial (del sistema educativo o del sistema de formación profesional o de formación del Sistema Nacional de Empleo) o educación universitaria (grado, máster o curso de experto/a universitario/a) sobre materias que tengan relación directa con el negocio a emprender y así se justifique.

Las acciones previstas en este decreto dirigidas a personas jóvenes menores de 30 años, inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil están cofinanciadas al 60% por la Unión Europea, a través del Programa Fondo Social Europeo Plus de Cantabria 2021-2027.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de admisión de solicitudes por parte del Servicio Cántabro de Empleo permanecerá abierto de forma continuada, debiendo presentarse cada solicitud de subvención en el plazo de un mes después de la emisión del informe de viabilidad, contado a partir del día siguiente a la fecha de dicho informe, debiendo ser presentada la solicitud con carácter previo al alta en la Seguridad Social o sistema alternativo

IMPORTANTE: Informe de Viabilidad.

Para obtener el informe de viabilidad indispensable para la tramitación de la ayuda es necesaria la integración del solicitante en Cantabria Emprendedora a través de cualquiera de los Puntos de Atención que integran su red.  El informe ha de ser presentado junto a la solicitud de la ayuda.

Puede consultar la red de Puntos de Atención de Cantabria Emprendedora en su página web:  http://www.cantabriaemprendedora.es/

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas como demandantes de empleo y servicios en los Servicios Públicos de Empleo con carácter previo y hasta el día de presentación de la solicitud, con una antigüedad en la demanda de treinta días naturales ininterrumpidos. En el caso de personas jóvenes menores de 30 años, además deberán figurar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil. O bien, tratarse de una persona emprendedora que retorna a Cantabria, que deberá inscribirse como demandante de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo con carácter previo al alta en Seguridad Social o mutualidad.
  • Estar en situación de desempleo en el periodo temporal exigido en el apartado anterior.

Lugar de presentación.

A través de cualquiera de los medios electrónicos establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Servicio de Promoción de Empleo.

Teléfono de contacto: Teléfono de Información Administrativa, se debe marcar el número 012.

El servicio de Información estará disponible durante las 24 horas del día, todos los días del año, según la siguiente distribución horaria:

  • Atención telefónica personal mediante agentes informadores: De 9:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos. De 9:00 a 14:00 horas sábados no festivos.
  • Atención mecanizada, mediante buzón de voz, en el resto de horario y festivos. Las llamadas entrantes en el buzón serán grabadas y posteriormente, desde el Teléfono de Información General 012, se realizará una llamada de respuesta a la ciudadana o ciudadano para resolver su petición de información.