Disponible en el BOC Extraordinario del miércoles 3 de junio la convocatoria para el año 2020 de subvenciones destinadas al fomento del empleo, mejora de la competitividad y consolidación de las cooperativas y sociedades laborales, así como a promover las actividades de formación, fomento y difusión de la economía social y a sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales y de trabajadores autónomos establecidas y que ejerzan su actividad de forma habitual en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

La subvención se estructura en programas de ayudas:

a) Programa I: Constitución de nuevas cooperativas o sociedades laborales, e Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

b) Programa II: Inversiones en inmovilizado material o inmaterial que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales, destinados a la realización de aquellas inversiones.

c) Programa IV: Actividades de formación, difusión y fomento de la economía social. Ayudas destinadas a promover actividades de formación, fomento y difusión de la Economía Social y del autoempleo.

d) Programa V: Apoyo a entidades representativas de la economía social y el autoempleo. Ayudas destinadas a sufragar los gastos de organización interna y funcionamiento de asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales y de las asociaciones de trabajadores autónomos.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta Orden, siempre y cuando cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria:

a) Las cooperativas y sociedades laborales, por su constitución y para la actuación de incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo.

b) Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.

c) Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales y las de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento, promoción y difusión del autoempleo y de la economía social.

d) Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales y las entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y ámbito autonómico para gastos de organización interna y funcionamiento. 

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria y finalizará el 30 de junio de 2020.

Se facilita la presdentación vía telemática, acorde al procedimiento habitual de la Administración en la actual situación de crisis COVID-19:

Acceso a sede electrónica.

El beneficiario tiene la obligación de justificar, en tiempo y forma, la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinaron la concesión de la subvención.

La justificación de la subvención se presentará antes del día 15 de noviembre de 2020.

Más información en la web de la Dirección General de Trabajo:

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